Confirman multa a Tarjeta Naranja por no responder a Defensa del Consumidor
La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Viedma rechazó la apelación de la empresa tras la denuncia de una usuaria damnificada por una estafa.
La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Viedma rechazó la apelación presentada por Tarjeta Naranja y dejó firme una sanción impuesta por el organismo provincial de Defensa del Consumidor. La medida fue ratificada al comprobarse el incumplimiento de la firma crediticia con los deberes de información, asistencia y colaboración requeridos durante una investigación por presunta estafa.
El caso se originó a partir de la denuncia de una vecina de Viedma que sufrió un fraude luego de ponerse en contacto telefónico con un supuesto canal de atención al cliente de la tarjeta para tramitar un reclamo vinculado al servicio de Netflix. Durante la maniobra, terceros accedieron a sus datos personales y concretaron transacciones irregulares a través de plataformas bancarias y de Mercado Pago.
Falta de respuesta y deber de colaboración
Frente a la presentación de la damnificada, Defensa del Consumidor abrió un expediente para determinar responsabilidades e intimó a Tarjeta Naranja a detallar el estado de la cuenta, los movimientos registrados, los mecanismos de seguridad y los limites operativos. Pese a que la empresa solicitó y obtuvo una prórroga para presentar la documentación, omitió responder dentro del plazo legalmente fijado, motivando la posterior aplicación de la multa.
Al recurrir a la vía judicial, la firma argumentó que el engaño involucró a plataformas externas a su sistema y que, si bien fuera de término, los datos requeridos habían sido finalmente aportados.
Sin embargo, el fallo contencioso administrativo dejó en claro que la causa no juzgaba la autoría material del fraude, sino la legitimidad del castigo administrativo por la negligencia de la empresa durante el procedimiento. El tribunal remarcó que el deber de colaborar no se satisface con la entrega extemporánea de la documentación, sino respetando estrictamente los plazos acordados para garantizar una respuesta adecuada al consumidor.
Monto de la sanción
En su resolución, la Justicia desestimó asimismo los cuestionamientos sobre el importe de la pena, considerando que el monto equivalente a cuatro canastas básicas totales para un Hogar 3 no resulta desproporcionado ante las infracciones verificadas. Además, se mantuvo la exigencia de publicar el texto resolutivo de la sanción.
mtobar
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