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La Cámara Laboral de Viedma condenó a Provincia ART S.A. a abonar una indemnización a un instalador de fibra óptica que sufrió una lesión lumbar mientras realizaba tareas en altura. La aseguradora se había negado a reconocer la incapacidad del trabajador, alegando supuestas contradicciones en el relato del hecho y atribuyendo la dolencia a una patología preexistente.

El incidente ocurrió cuando el operario se encontraba subido a un poste del tendido eléctrico, a unos ocho metros de altura. De forma imprevista, dos de los cables de acero que sostenían la estructura se cortaron, dejando el pilar sujeto por un único tensor. Ante el peligro inminente de caída, el trabajador realizó un movimiento brusco hacia atrás para mantener el equilibrio, momento en el que sintió un agudo dolor en la zona lumbar.

Un extenso camino de reclamos

Tras el accidente, la ART rechazó la cobertura del siniestro, lo que obligó al operario a atenderse a través de su obra social. Aunque posteriormente la Comisión Médica ordenó que se le brindara tratamiento, la aseguradora terminó dándole el alta en poco tiempo y sin otorgarle ningún porcentaje de incapacidad. La instancia administrativa respaldó esa postura, motivando al trabajador a iniciar una demanda ante la justicia laboral.

En el expediente judicial, la aseguradora solicitó el rechazo de la demanda sosteniendo que el relato inicial difería de la versión posterior y que los síntomas correspondían a una afección ajena a la Ley de Riesgos del Trabajo.

La pericia decisiva

El punto de quiebre en el juicio fue la intervención de una perita médica oficial. Tras examinar al demandante y analizar el expediente, la profesional concluyó que la lesión lumbar fue consecuencia directa del esfuerzo realizado para evitar la caída desde los ocho metros y confirmó la existencia de una incapacidad permanente y parcial.

Al dictar sentencia, los jueces de la Cámara Laboral respaldaron las conclusiones de la perita y descartaron las objeciones de la ART sobre supuestas incongruencias en el relato. El tribunal remarcó que la documentación del trámite administrativo coincidía con la demanda y señaló además que la propia aseguradora había desistido de producir una de las pruebas que había ofrecido originalmente.

Con estos elementos, la Justicia ratificó la responsabilidad de Provincia ART S.A. y ordenó la liquidación de la indemnización correspondiente por la incapacidad laboral sufrida por el operario.

Autor: mtobar